


Bases legales
PRIMERO.- EMPRESA ORGANIZADORA DE LA PROMOCIÓN
La presente promoción se organiza por la entidad MAHOU, S.A., con CIF nº A-28078202, domiciliada en calle Titán, núm. 15, 28045, Madrid (en adelante, la “COMPAÑÍA”).
SEGUNDO. - OBJETO DE LA PROMOCIÓN
A través de la presente promoción (en adelante, la “Promoción”) la COMPAÑÍA pretende promocionar las ventas de los productos que fabrica y/o comercializa.
TERCERO.- ÁMBITO GEOGRÁFICO
El ámbito de aplicación de esta Promoción es todo el territorio nacional y en particular en los establecimientos de alimentación adheridos a la presente promoción y debidamente identificados, ya sea en su tienda física o en el canal online, así como en las tiendas de LA CERVECISTA y la tienda online SOLANA (www.tiendasolana.com).
CUARTO. - ÁMBITO TEMPORAL
La Promoción durará 7 semanas naturales (de lunes a domingo), dará comienzo el 31 de mayo de 2021 y finalizará el 18 de julio de 2021, ambos inclusive. Del mismo modo, la promoción dará comienzo desde que la tienda de LA CERVECISTA y/o SOLANA y/o cada establecimiento de alimentación adherido a la presente promoción, ya sea en su tienda física o en el canal online, identifique y publicite la misma, instalando a tal efecto la cartelería o elementos de comunicación propios de la promoción.
QUINTO. - COMUNICACIÓN
La Promoción se comunicará al público por la COMPAÑÍA indistintamente a través de, entre otras, cualquiera de las siguientes vías:
a) Página web de la promoción y otros medios digitales;
b) PLV en el punto de venta de alimentación: carteles, stoppers, etc;
SEXTO. - PREMIOS
A continuación, se detallan los premios que se van a entregar a los ganadores de la presente Promoción.
Se repartirán un total de 840 premios de 50€ y 8 premios de 1.000€.
Durante las 7 semanas que dure la promoción se sortearán entre todos los participantes válidos de esa semana natural 120 premios de 50€. El premio podrá ser entregado por transferencia bancaria o paypal.
Además, al finalizar la promoción, se sortearán entre todos los participantes válidos de la misma 8 premios de 1.000€ que serán abonados por transferencia bancaria.
Los ganadores recibirán la comunicación del premio asignado la semana siguiente a haber participado. En el caso de que no haya una base de participantes válidos suficiente para repartir todos los premios una semana concreta, éstos quedarán desiertos.
La promoción estará limitada a una participación por persona/usuario y por semana (de lunes a domingo) desde el 31 de mayo de 2021 hasta el 18 de julio de 2021, según la mecánica fijada en estas bases legales, por lo que no se podrá participar más de 7 veces en total a lo largo de toda la duración de la promoción. Cada vez que se participe se deberá subir un ticket de compra válido y correspondiente a la semana natural en la que se está participando. La COMPAÑÍA podrá solicitar el ticket físico a los participantes en caso de estimarlo conveniente.
Cada persona/usuario podrá ser ganador de un máximo de un premio cada semana natural (de lunes a domingo) que participe, por lo que el número total de premios que se podrán percibir por persona/usuario en toda la promoción serán 7.
Adicionalmente, todos los participantes válidos podrán optar a ganar uno de los 8 premios de 1.000€ que se sortearán al final de la promoción.
Los Ganadores de la promoción, así como las personas con las que compartan productos que contengan alcohol incluidos en el premio, deberán ser mayores de edad.
A los premios de la presente Promoción les será de aplicación lo establecido en los apartados 9.4 y 9.7 de las presentes bases legales.
SÉPTIMO. - MECÁNICA
Todas aquellas personas que deseen participar en la Promoción deberán cumplir con los requisitos establecidos en los términos y condiciones de las presentes bases.
La mecánica de la Promoción será la que se detalla a continuación.
Las personas interesadas en participar en la presente promoción deberán realizar una compra mínima de 15€ de cualquier variedad, iguales o combinadas, de la gama de Cervezas Mahou, Cervezas San Miguel y/o Budweiser durante el periodo promocional (del 31 de mayo de 2021 al 18 de julio de 2021) en los establecimientos de alimentación adheridos e identificados con la cartelería de la misma, incluyendo la tienda de LA CERVECISTA y la tienda online SOLANA y guardar el ticket de compra hasta el 15 de agosto de 2021.
En Canarias, los usuarios que deseen participar en la promoción tendrán que hacer una compra mínima de 15€ de las gamas Mahou y San Miguel, quedando excluida la marca Budweiser de la promoción en este territorio.
Una vez adquirido el/los producto/s, las personas interesadas en la presente promoción deberán primeramente acceder a la web indicada www.marcateunregolazo.com y seguir los pasos establecidos en la misma, indicados a continuación.
Una vez dentro de la web de la promoción, el usuario deberá rellenar un formulario de registro, completando todos los datos obligatorios personales, y a continuación rellenar un formulario de participación, adjuntar su ticket de compra y aceptar la política de privacidad y las bases legales.
En concreto, deberá rellenar al menos los siguientes campos:
Datos Personales: Estos datos formarán parte del registro del usuario y por tanto se guardarán para futuras participaciones, por lo que solo deberá rellenarlos la primera vez que acceda a la web.
Nombre y Apellidos + E-mail de contacto y Contraseña.
Una vez completos estos datos el usuario recibirá un correo electrónico para validar su registro y podrá completar los datos de la participación.
Datos de Participación: Una vez registrado el usuario, cada vez que participe deberá rellenar los siguientes campos:
DNI, Tlf de contacto y Cadena o enseña en la que ha comprado.
Además, deberá adjuntar/subir su ticket de compra.
El usuario también deberá aceptar la política de privacidad y las presentes bases legales haciendo click en los botones correspondientes.
En resumen, para todos los usuarios que participen será condición imprescindible cumplir con la mecánica indicada en estas bases, registrarse y rellenar todos los campos solicitados, incluido el DNI, así como subir un ticket de compra válido y aceptar las bases legales y la política de privacidad.
El ticket de compra deberá tener una fecha comprendida entre el lunes a las 0:00h y el domingo a las 23:59h de la semana en la que el usuario quiera participar. Por ejemplo, si un usuario deseara participar en el sorteo de la semana comprendida entre el lunes 31 de mayo de 2021 y el domingo 6 de junio de 2021, su ticket deberá mostrar una fecha que se encuadre dentro de esa semana. De esta manera, facilitamos a los usuarios que puedan participar hasta 7 veces durante toda la promoción, 1 por semana, aportando tickets diferentes cada vez que participen.
Para subir el ticket de compra a la web, es necesario que se realice una única foto o escaneo del ticket de compra completo donde aparezca: a) la cadena o establecimiento en el que se ha realizado la compra b) el número del ticket de compra c) la fecha en la que se ha realizado la compra y d) la/s referencia/s de cerveza/s adquiridas. Se considerará válido un ticket cuando incluya como mínimo la cantidad de producto necesaria para participar en la promoción (en este caso 15€ en las marcas incluidas en la promoción) y cuando se vean claramente los 4 puntos mencionados anteriormente.
Cada ticket de compra solo se podrá convalidar una vez, independientemente de que refleje más cantidad del número o valor necesario para participar en la promoción. No se admitirán las participaciones en las que el ticket de compra sea parcial, no esté claramente visible y/o no cumpla con los requisitos explicados en el punto anterior. En caso de que el ticket conste por ejemplo de varias hojas o folios, será necesario que el usuario adjunte en una sola imagen o documento todo el ticket fotografiado o escaneado ya que de subir solo una de las hojas no se daría por válida la participación. Si la agencia coordinadora de la promoción no tuviera clara la validez del ticket adjuntado en el proceso de participación debido a alguna de estas razones, lo dará por no válido. En cualquier caso, la agencia podrá reclamar el ticket físico en cualquier momento a lo largo de la duración de la promoción si lo considerara necesario.
Todos los participantes deberán conservar el ticket de compra hasta el 15 de agosto de 2021 a las 23:59h, ya que se les podrá reclamar en caso de resultar ganadores. Será motivo de participación fraudulenta intentar participar con un ticket que ya haya sido utilizado por otro usuario/persona o que el mismo usuario haya intentado subir en otra ocasión durante el transcurso de la promoción.
De entre los Participantes de la Promoción semana a semana resultarán un máximo de 120 ganadores y desde el inicio hasta el final de la promoción se repartirán un total de 848 premios, incluidos los 8 premios de 1.000€ del sorteo final, que se determinarán según lo establecido en la Cláusula Octava (en adelante, los “Ganadores”).
OCTAVO. - SORTEO
Los 120 Ganadores Semanales de la Promoción se determinarán la semana natural siguiente a aquella en la que los usuarios participen, mediante sorteo realizado ante Notario, que procederá a hacer extracciones aleatorias de la base de datos recibida que contenga el nombre de todos los participantes semanales de la promoción, utilizando para ello una aplicación informática habilitada a estos efectos por el Colegio Notarial y que garantiza la aleatoriedad del sorteo.
De esta base de datos que se enviará semanalmente al Notario, se extraerá aleatoriamente el nombre de los 120 Ganadores de esa semana. La misma semana en la que se determine a los Ganadores de cada sorteo semanal, la COMPAÑÍA o los agentes que tenga contratados para la gestión de la Promoción comunicarán a los Ganadores vía correo electrónico que han resultado agraciados con el premio que se detalla en estas bases. Asimismo, se asignarán 50 suplentes cada semana por si los ganadores no aceptaran el premio o no nos indicaran los datos para hacérselo llegar en un plazo máximo de 15 días desde que se les notifique su condición de ganador.
Además, se procederá a realizar un sorteo final de 8 premios de 1.000€ entre todos los participantes válidos a lo largo de la promoción, la semana posterior a la finalización del periodo promocional (semana del 19 de julio al 25 de julio 2021), utilizando para ello una aplicación informática habilitada a estos efectos por el Colegio Notarial y que garantiza la aleatoriedad del sorteo. Asimismo, se asignarán 8 suplentes por si los ganadores no aceptaran el premio o no nos indicaran los datos para hacérselo llegar en un plazo máximo de 15 días desde que se les notifique su condición de ganador.
En ningún caso podrá ser entregado el premio a personas distintas de aquéllas que hayan resultado Ganadoras de la Promoción o, en su caso y de conformidad con lo dispuesto a continuación, los suplentes.
No podrán ser Ganadores de la Promoción el personal laboral, becarios, distribuidores, subcontratistas y demás agentes o representantes de la COMPAÑÍA, de las agencias encargadas del desarrollo de la Promoción o de cualesquiera otras entidades que hayan intervenido en el desarrollo de la Promoción. Tampoco podrán ser Ganadores los familiares de las anteriores personas hasta el segundo grado de consanguinidad.
En caso de que los Ganadores semanales incurrieran en alguno de los supuestos detallados en el apartado anterior o no nos proporcionaran la información necesaria para hacerles entrega del premio y/o no aceptaran el premio o no facilitaran los datos para hacérselo llegar en un plazo máximo de 15 días desde la notificación del premio, dicho premio se entregará a uno de los suplentes.
En todo caso, el Ganador se compromete a preservar la buena imagen y reputación de la COMPAÑÍA o de cualquiera de sus marcas.
NOVENO. - CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL
9.1.- Legitimación
- Podrán participar en esta Promoción las personas físicas que sean consumidores finales de los productos promocionados, siempre que sean mayores de 18 años y residan legalmente en España.
- La identidad, mayoría de edad y residencia serán corroborados mediante la presentación del D.N.I. u otro documento acreditativo de la identidad de las personas físicas, en el momento de entrega del premio.
9.2.- Limitaciones a la participación
- La COMPAÑIA queda facultada para excluir a los Participantes que no cumplan con los requisitos de la presente Promoción o que, a juicio de la COMPAÑÍA, hubieran incumplido cualquier otra previsión de las presentes bases legales y/o que defrauden, alteren o inutilicen el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la Promoción.
- En particular, la COMPAÑÍA queda facultada a excluir de la Promoción al personal laboral, becarios, distribuidores, subcontratistas y demás agentes o representantes de la COMPAÑÍA, de las agencias encargadas del desarrollo de la Promoción o de cualesquiera otras entidades que hayan intervenido en el desarrollo de la Promoción. Tampoco podrán participar en la Promoción los familiares de las anteriores personas hasta el segundo grado de consanguinidad.
- Los datos facilitados por los Participantes deberán ser veraces. Dado que los datos son esenciales para la participación en la presente Promoción, en el caso de que los mismos fueran falsos, la COMPAÑÍA podrá eliminar al Participante de la Promoción. En caso de que no haya sido detectada la falsedad de los datos y el Participante resulte ganador de un premio de la presente Promoción, el Participante quedará igualmente excluido de la Promoción.
- En los casos indicados anteriormente, los Participantes excluidos perderán su derecho al premio. En caso de que dichos Participantes hayan resultado Ganadores de la Promoción, al ser excluidos, el premio pasará al primer suplente y así sucesivamente hasta agotar el número de suplentes. Si se agotan todos los suplentes, la Promoción se declarará desierta.
9.3.- Aceptación de las bases legales
- El mero hecho de participar en esta Promoción implica la aceptación en su totalidad y sin reservas de las presentes bases y del criterio de la COMPAÑIA en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la Promoción.
- La COMPAÑIA se reserva el derecho a efectuar en cualquier momento los cambios que entienda oportunos en las presentes bases, incluyendo a título meramente enunciativo, pero no limitativo, la anulación, repetición, ampliación, aplazamiento o modificación de las mismas. Dicha situación se pondrá convenientemente en conocimiento de los Participantes a través de los mismos medios en los que se haya comunicado la celebración de la Promoción, quedando eximida la COMPAÑIA de toda obligación o compensación económica respecto a los Participantes.
9.4.- Del premio de la Promoción, su aceptación y cesión
- El premio objeto de la presente Promoción, es intransferible y en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación a instancia de los Ganadores, siendo los Ganadores las personas que disfruten del mismo, salvo autorización expresa de la COMPAÑIA.
- Una vez entregados a los Ganadores, los premios no podrán ser objeto de negocios jurídicos celebrados con fines comerciales o publicitarios.
- Las imágenes o vídeos en los que aparezcan publicitados los premios de la Promoción pueden reflejar bienes o servicios con características sensiblemente distintas a aquéllos que constituyan los premios a ser entregados, no derivándose de ello para la Compañía una obligación contractual o legal de entregar como premio exactamente el bien o servicio que aparezca reflejado en tales imágenes o vídeos.
- La COMPAÑÍA podrá solicitar a los Ganadores de la presente Promoción la aceptación escrita del premio. Los Ganadores podrán renunciar al premio ganado, si bien dicha renuncia, deberá constar por escrito y ser firmada asimismo por los Ganadores. En caso de que los Ganadores renuncien al premio, el premio pasará al primer suplente y así sucesivamente hasta agotar el número de suplentes. Si se agotan todos los suplentes, la Promoción se declarará desierta.
- Cuando el premio este sujeto a garantía del fabricante o del proveedor, en caso de fallo o mal funcionamiento del artículo, los Ganadores deberán dirigirse al servicio técnico del proveedor o fabricante del mismo, quedando la COMPAÑÍA exonerada de cualquier responsabilidad derivada del fallo o mal funcionamiento del artículo.
- Cuando el premio consista en la realización de un determinado viaje, se entiende que quedan excluidos del premio los desplazamientos de los Ganadores y, en su caso, sus acompañantes hasta el lugar fijado como punto de partida (incluyendo a título meramente enunciativo y sin limitación, aeropuertos, estaciones de tren, estaciones de autobuses, etc.), las tasas de los aeropuertos o cualquier otro tipo de estación, los gastos extras en los hoteles, los posibles suplementos por subidas de carburante, los gastos derivados de visados y cualesquiera otros gastos derivados de bienes o servicios que excedan de la definición del premio detallada en la Cláusula Sexta.
- En el supuesto de que estas Bases regulen un determinado período durante el que se pueda disfrutar de los premios, éste deberá ser respetado por los Ganadores, sin que quepa la posibilidad de modificarlo.
- Si la COMPAÑIA lo considera necesario, se podrá dejar algún premio desierto.
- Los premios se entregarán exclusivamente dentro del territorio nacional en la dirección que la COMPAÑÍA indique a los Ganadores o, en su caso, suplentes en el momento de la notificación del premio.
- El período de reclamación de los premios finaliza transcurridos quince (15) días desde que los consumidores reciban la notificación de que han resultado agraciados con el premio en la dirección que hayan facilitado a tal efecto. En caso de que los Ganadores no reclamen el premio en este plazo, el premio pasará al siguiente suplente y así sucesivamente hasta agotar el número de suplentes. Agotado el número de suplentes, la Promoción se declarará desierta.
9.5.- Derechos de propiedad intelectual
- Para el supuesto de que los Participantes aportaran contenidos protegidos por derechos de propiedad intelectual o industrial a través de los medios puestos a su disposición para ello, los Participantes ceden a la COMPAÑÍA, con carácter exclusivo y gratuito, para todo el territorio mundial y durante todo el periodo de vigencia de los mismos, la titularidad de todos los derechos de propiedad intelectual sobre las obras, que podrán ser explotadas por la COMPAÑÍA sin limitación de ningún tipo.
- Asimismo, los derechos cedidos sobre todas las obras de la Promoción (tanto si resultan ganadoras como si no) comprenden, sin carácter limitativo, el derecho de reproducción, de distribución, de comunicación pública y de transformación, tal y como aparecen definidos en la Ley de Propiedad Intelectual aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. Los derechos cedidos podrán ser explotados por la COMPAÑÍA a través de cualquier formato o soporte y por cualquier sistema, procedimiento o modalidad, incluyendo, sin carácter limitativo, la explotación en televisión y/o mediante cualquier otro procedimiento audiovisual, la explotación online, la explotación en cualesquiera medios impresos (como cartel publicitario, en prensa, dossier de prensa, diarios, revistas, libros, publicidad), la explotación en cualquier tipo de soporte (incluyendo la explotación en DVDs, CDs y la explotación en vídeo), la exhibición en cualesquiera locales (abiertos al público o no) y/o en la vía pública, y el uso de las obras en cualquier actividad y/o medio publicitario o promocional (incluyendo, sin carácter limitativo, publicidad exterior). La COMPAÑÍA estará facultada para ceder y/o licenciar a terceros, con carácter de exclusiva o no, los derechos cedidos.
- Los Participantes garantizan expresamente, con total indemnidad para la COMPAÑÍA, la autoría y originalidad de cualesquiera de las obras remitidas como consecuencia de esta Promoción, y que las mismas no son copias ni modificación total o parcial de ninguna obra o marca protegible, ni que las mismas se hallan sometidas a ninguna otra promoción o concurso, resuelto o pendiente de resolución. En este sentido, los Participantes se comprometen a mantener indemne a la COMPAÑÍA frente a cualquier reclamación de terceros por daños y perjuicios que se deriven de cualesquiera de las obras remitidas o del uso que de éstas lleve a cabo la COMPAÑÍA en caso de que se infrinjan derechos de propiedad intelectual o industrial, de competencia desleal o suponga una infracción de la restante legislación que resulte de aplicación.
9.6.- Derechos de imagen
- Los Participantes autorizan de forma irrevocable y gratuita a la COMPAÑÍA a reproducir, utilizar y difundir su nombre, apellidos, dirección e imagen en cualquier actividad publicitaria y/o promocional para su tratamiento a través de cualquier sistema y soporte que permita fijar, insertar, difundir, reproducir, divulgar, comunicar y explotar públicamente el diseño obtenido conjuntamente con la imagen de la COMPAÑIA, todo ello sin ningún tipo de limitación temporal ni territorial y sin que dé lugar a ningún tipo de remuneración o contraprestación por la COMPAÑIA.
- A estos efectos, las referencias que se hagan a “cualquier sistema y soporte” deben interpretarse de manera extensiva a cualquier medio que permita la fijación, reproducción, distribución y comunicación pública de la imagen y voz, del cedente (incluyendo con carácter meramente enunciativo y no limitativo, la prensa, la televisión, el cine, Internet, los dispositivos móviles, etc.) a utilizar el diseño de las imágenes y voz, en todo tipo de acciones publicitarias tales como presentaciones y eventos organizados por la COMPAÑIA.
- La autorización incluye todos los derechos de reproducción, transformación, distribución y comunicación pública de la grabación o imágenes captadas, sin limitación de tiempo ni de territorio.
9.7.- Fiscal
- A los premios de la presente Promoción les serán de aplicación todas las disposiciones de carácter fiscal pertinentes, según la legislación aplicable en cada momento.
- De conformidad con el Artículo 75.2.c) del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculados a la oferta, promoción o venta de determinados productos o servicios, están sujetos a retención o ingreso a cuenta, según corresponda.
- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101.7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, la retención o ingreso a cuenta a aplicar sobre los premios cuyo valor exceda de 300 euros es de un 19% sobre la base de retención, siendo la base de retención (i) en el caso de los premios consistentes en la entrega de cantidades dinerarias, el importe de la cantidad a entregar y (ii) en el caso de los premios consistentes en la entrega de bienes o servicios, su valor o el coste que hayan tenido para la Compañía incrementado en un 20%.
- En este sentido, se deja expresa constancia de que, por imperativo legal, la Compañía deberá practicar las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan sobre el valor de los premios.
- Con carácter adicional a la obligación formal de practicar la correspondiente retención o ingreso a cuenta, la Compañía se compromete a asumir el coste de la retención o ingreso a cuenta correspondiente al premio, sin perjuicio de que el Ganador deba responder de las demás responsabilidades fiscales que en su caso le correspondan, de conformidad con lo establecido en el apartado siguiente.
- Exceptuando las obligaciones de la Compañía de practicar las retenciones e ingresos a cuenta sobre el valor de los premios, todas las demás responsabilidades fiscales que pudieran derivarse del premio serán por cuenta de los Ganadores, salvo que la legislación aplicable en cada momento disponga lo contrario.
9.8.- Exoneración de responsabilidad
- La COMPAÑÍA, sus proveedores, subcontratistas, colaboradores, agentes o distribuidores quedan exonerados de cualquier responsabilidad por daños ya sean físicos o de cualquier otra índole, que pueda sufrir el ganador de la Promoción por cualquier acción u omisión no imputable a la COMPAÑÍA, sus proveedores, contratistas, colaboradores, agentes o distribuidores, durante el disfrute del premio y con los límites establecidos en la normativa aplicable.
- La COMPAÑIA no se hace responsable de los daños y perjuicios derivados de la participación en esta Promoción. Consecuentemente, los Participantes de la presente Promoción, exoneran a la COMPAÑÍA, de la forma más amplia que en Derecho proceda, de cualquier tipo de responsabilidad, sanción, reclamación, demanda o causa civil, mercantil, penal, administrativa o de cualquier otra índole, incluyendo la indemnizaciones de cualquier naturaleza y/o índole, costas o cualesquier otro tipo de gastos (con expresa inclusión de los honorarios de Letrados y Procuradores) en los que pudiere resultar implicada la COMPAÑÍA con motivo y ocasión de la presente Promoción.
- La COMPAÑÍA no se responsabiliza de los actos y comportamientos de los Participantes, ni de sus hipotéticas responsabilidades penales, civiles o de cualquier otra índole ni de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable al ganador o a su acompañante en su caso, o a terceros (como a título de ejemplo, agencias de viaje, compañías aéreas, etc.,) que puedan afectar tanto a la participación como al disfrute de los regalos de la presente Promoción.
- La COMPAÑIA queda exonerada de toda responsabilidad derivada del mal funcionamiento de correos, de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo de la Promoción por causas ajenas a la COMPAÑIA y especialmente por actos externos de mala fe. Tampoco será responsable la COMPAÑÍA por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a la misma.
- Resultará de aplicación a la presente Promoción en la medida en la que proceda las Condiciones Generales de Uso de la Web.
- La COMPAÑIA no se hace responsable de los servicios que presten terceras empresas con motivo y ocasión de la implementación de la presente Promoción.
- La COMPAÑIA, procederá a la anulación de los SMS, MMS, correos electrónicos u otras comunicaciones electrónicas, incompletas, erróneas, manipuladas o pertenecientes a otras promociones.
- En caso de la producción de cualquier fallo técnico u operativo que dificulte el normal desarrollo de la promoción y, en particular, que haga imposible la determinación del Ganador, la COMPAÑÍA pondrá fin a la Promoción, renunciando los participantes a interponer cualquier reclamación, demanda o causa civil, mercantil, penal, administrativa o de cualquier otra índole contra la COMPAÑÍA, persiguiendo cualquier responsabilidad, sanción, incluyendo las indemnizaciones de cualquier naturaleza y/o índole, costas o cualesquier otro tipo de resarcimiento.
9.9.- Declaración responsable
- La COMPAÑIA, se compromete a llevar a cabo la presente Promoción conforme con los principios de legalidad, veracidad y autenticidad recogidos en nuestro ordenamiento jurídico, prestando especial atención a la normativa sobre protección de menores.
- La COMPAÑIA recomienda el consumo responsable de las bebidas alcohólicas.
9.10.- Depósito de bases y su publicación
- Las presentes bases serán depositadas ante el Notario de Madrid, Don Ignacio García Noblejas Santa Olalla.
- Asimismo, las bases de la Promoción serán publicadas en el Archivo Electrónico de bases de Concursos (ABACO) servicio de interés general ofrecido por el Consejo General del Notariado y publicado en https://www.notariado.org/portal/%C3%81baco.
DÉCIMO. - PROTECCIÓN DE DATOS
- Los datos de los participantes en la Promoción serán tratados conjuntamente por las compañías MAHOU, S.A.; CERVECERA INDEPENDIENTE, S.A. Y AGUAS DE SOLÁN DE CABRAS, S.A. como corresponsables del tratamiento (GRUPO MAHOU-SAN MIGUEL).
- La finalidad principal del tratamiento de los datos personales de los participantes será la de ofrecerle experiencias y contenidos personalizados en función de sus intereses, incluyendo el envío de comunicaciones por medios electrónicos, y gestionar su participación en la Promoción y, en particular, gestionar la entrega del premio, en caso de que usted resultara premiado así como el cumplimiento de cualesquiera obligaciones fiscales o de otra índole que sean de aplicación en relación con la Promoción. Para conocer en detalle las finalidades con las que GRUPO MAHOU SAN MIGUEL puede tratar sus datos personales puede acceder a nuestra Política de Privacidad en la siguiente URL:http://www.marcateunregolazo.com/politica-de-privacidad.php.
- La base legal para el tratamiento de los datos personales de los participantes con la finalidad anterior será la ejecución del acuerdo contractual de participación en la promoción regulado en las presentes Bases y el consentimiento que se hubiera podido solicitar al participante.
- Sus datos podrán ser compartidos con terceros prestadores de servicios que actuarán como encargados de tratamiento de las compañías de GRUPO MAHOU- SAN MIGUEL, con las Administraciones Públicas para el cumplimiento de obligaciones legales y con aquellas entidades que puedan colaborar en la organización del premio y cuyos datos identificativos serán en todo caso dados a conocer al participante en el contexto de la promoción.
- Los participantes podrán acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como ejercitar otros derechos con relación a su información personal, tal y como se explica en nuestra Política de Privacidad, accesible a través de la siguiente URL http://www.marcateunregolazo.com/politica-de-privacidad.php.
- Puede consultar información adicional y detallada sobre como tratamos sus datos en nuestra Política de Privacidad, accesible a través de la siguiente URL: http://www.marcateunregolazo.com/politica-de-privacidad.php, la cual resultará de aplicación a la presente Promoción en todo lo que no contradiga a las presentes Bases.
UNDÉCIMO.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE
- Las Bases de la Promoción se rigen por la ley española.
- La COMPAÑÍA y los Participantes en la Promoción, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales que les sean aplicables en base a la regulación establecida en la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil.